Ante alegaciones de aumento en el precio de venta de cajas de agua embotellada, entre otros productos, el secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), Hiram Torres Montalvo, exhortó a reportar cualquier cambio de precio en artículos asociados con el agua.
Torres Montalvo pidió a los consumidores que escriban de forma confidencial al correo electrónico confidencial@daco.pr.gov, con el fin de reportar estas violaciones a la congelación de precios vigente.
La Orden Administrativa 2026-006 activa una serie de protecciones congelando precios en artículos y servicios de primera necesidad asociados con el uso de agua, en medio del estado de emergencia decretado por la sequía.
"Sin embargo, nos ha llegado información que algunos comercios han subido el precio de las cajas de agua embotellada, entre otros productos. Eso es contrario a la Orden y nuestros inspectores están constantemente visitando negocios para asegurar su cumplimiento", comentó el secretario.
Si algún consumidor observa una violación a los parámetros de la Orden Administrativa 2026-006, Torres Montalvo exhortó a tomar una fotografía y enviar los datos a confidencial@daco.pr.gov para que los inspectores tomen conocimiento y puedan visitar el comercio a la mayor brevedad posible.
"Toda información enviada a ese correo electrónico es totalmente confidencial y sólo será utilizada para investigar el lugar donde se alega violación de la Orden", añadió Torres Montalvo.
"Nuestra gobernadora, Jenniffer González, ha dejado totalmente claro que no es momento para abusar en la venta de productos relacionados con el agua y en el DACO nosotros vamos a fiscalizar que eso no suceda y, si alguien lo hace, que pague por el abuso a los consumidores en un momento de emergencia", sentenció el titular del DACO.
La Orden Administrativa 2026-006 es una abarcadora que establece los parámetros para que los comercios sigan en torno a la venta de productos y servicios relacionados con agua, incluyendo el acarreo y servicio de llenar cisternas.
Los artículos de primera necesidad cubiertos por esta Orden Administrativa son el agua potable y hielo, agua embotellada, cisternas de agua, equipos, piezas, servicios de modificación, reparación e instalación de cisternas, incluyendo motores bombas, válvulas, sensores, armaduras, tubos y presurizadores, entre otros.
Igualmente están cubiertos los envases, tanques y recipientes para almacenamiento, acarreo y distribución de agua, servicios de acarreo, así como cualquier otro artículo o servicio necesario.
La multa administrativa por violaciones a esta Orden podría llegar a $10,000.00 por infracción.