Itza GarcíaTeleonce

La Oficina de Ética Gubernamental (OEG) interpuso una querella administrativa contra la exsubsecretaria de la Gobernación, Itza Marie García Rodríguez, por presuntamente quebrantar la Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico (Ley Núm. 1-2012). Según el documento oficial del caso (Caso Núm. 27-22), la exfuncionaria habría intervenido de manera directa e indirecta en gestiones para favorecer la contratación de su pareja sentimental, Luis Alberto Sánchez Andino.

De acuerdo con la investigación, García Rodríguez envió una propuesta de servicios profesionales de la empresa Next Wave Solutions, LLC —representada por Sánchez Andino— al entonces secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), Sebastián Negrón Reichard, quien era subalterno suyo. Posteriormente, el 5 de diciembre de 2025, la exsubsecretaria le dio seguimiento al titular de la agencia mediante un mensaje de texto para notificarle que su pareja se encontraba en las instalaciones corporativas firmando el acuerdo.

El contrato resultante, identificado con el número 2026-000561 entre el DDEC, la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) y la compañía del contratista, se formalizó el 16 de diciembre de 2025 por un valor de $120,000 con vigencia hasta el 30 de junio de 2026. La OEG señala que estas actuaciones infringen el Artículo 4.2 (g) de la Ley 1-2012, ya que ambos compartían residencia y existía un conflicto de intereses claro al tener autoridad directa sobre el funcionario subalterno que autorizó el convenio.

Asimismo, la querella destaca que en marzo de 2026 García Rodríguez firmó un mecanismo de inhibición ante la propia OEG en el cual aseguró haberse mantenido al margen de cualquier discusión o proceso relacionado con la corporación de su pareja. Sin embargo, la agencia gubernamental determinó que las acciones previas de la exservidora pública contradicen dicha declaración y comprometen la imparcialidad e integridad de la función pública, violentando también el Artículo 4.2 (s) de la referida ley.

Ante estos señalamientos, la OEG solicita la imposición de las multas administrativas pertinentes, así como una sanción civil equivalente al triple del beneficio económico obtenido. La querellada cuenta con un plazo de veinte (20) días para responder formalmente a las alegaciones y ejercer su derecho a la defensa dentro del foro administrativo.

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