El secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), Hiram Torres Montalvo, advirtió este lunes que ningún comercio dedicado a ofrecer comida preparada en locales (restaurantes) puede imponer un cargo por 'servicio de agua' o 'water fee'.
En las pasadas horas se ha desatado una controversia en varias páginas de redes sociales, donde se alega que algunos restaurantes han intentado cobrar un llamado 'water fee' debido al costo que tiene abastecer sus cisternas ante el programa de interrupciones programadas por la sequía.
"Ese cargo es totalmente contrario a la ley. Reitero, ningún comercio, o restaurante, puede imponer o sugerir al consumidor un cargo por servicio de agua", dijo el secretario.
Torres Montalvo señaló en expresiones escritas que "no se puede aprovechar esta emergencia para lucrarse despiadadamente".
El secretario exhortó a los consumidores que han observado la práctica del 'water fee' a comunicarse con la agencia a través de sus plataformas oficiales, enviar información al correo confidencia@daco.pr.gov, accediendo a www.daco.pr.gov o seguir las redes sociales: @Dacoatufavor en Facebook y @dacopuertorico en Instagram.
"Estoy convencido que la inmensa mayoría de los restaurantes siguen los parámetros de la Orden Administrativa 2026-006 expedida por DACO el 1 de agosto. Aquellos que no lo hacen, sepan que nuestros inspectores están en la calle todo el tiempo y revisarán sus comercios para garantizar el fiel cumplimiento de esta Orden", agregó el funcionario.
La Orden Administrativa 2026-006 ordena la congelación de precios sobre productos, artículos y servicios de primera necesidad respecto al uso del agua; esto ante la declaración del estado de emergencia debido a los bajos niveles en los embalses.
Los artículos de primera necesidad cubiertos por esta Orden Administrativa son el agua potable y hielo, agua embotellada, cisternas de agua, equipos, piezas, servicios de modificacion, reparacion e instalacion de cisternas, incluyendo motores bombas, válvulas, sensores, armaduras, tubos y presurizadores, entre otros.
Igualmente están cubiertos los envases, tanques y recipientes para almacenamiento, acarreo y distribución de agua, servicios de acarreo, así como cualquier otro artículo o servicio necesario.
Las multas administrativas por violaciones a esta Orden podrían llegar a $10,000.00 por infracción.