La Autoridad de Alianzas Público-Privadas (P3A) respondió a los señalamientos de la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) sobre el proceso que culminó con el contrato de generación de emergencia otorgado a Power Expectations, al rechazar la idea de que la administración del proceso haya sido deficiente o que la intervención de la Junta haya sido necesaria para activar una investigación sobre las controversias relacionadas con Enchanted Rock.
En una comunicación fechada el 21 de agosto y dirigida al director ejecutivo de la Junta, Robert Mujica, el director ejecutivo de P3A, Josué Colón Ortiz, sostiene que la controversia debe analizarse a partir de la información disponible en el momento en que se evaluó y adjudicó la propuesta, y no a la luz de los acontecimientos posteriores.
La defensa de P3A parte de la premisa que la agencia no evaluó, puntuó ni adjudicó las propuestas de Power Expectations ni de los demás participantes. Esas funciones correspondieron a la Oficina de Adquisiciones de Terceros, conocida como 3PPO, administrada por la firma privada ReComS, que dirige el exfiscal federal Osvaldo Carlo Linares.
Según P3A, el 3PPO recibió las propuestas, mantuvo el expediente de contratación, evaluó el cumplimiento con el RFP, revisó información técnica y financiera, realizó la debida diligencia y emitió su recomendación. Ningún funcionario gubernamental participó en el equipo que evaluó, puntuó o recomendó las propuestas.
P3A sostiene que la JSF no puede presentarse como un observador externo que descubrió posteriormente las deficiencias del proceso. Señalaron que la Junta tuvo acceso a la documentación de la contratación, participó en el proceso de revisión y finalmente autorizó la ejecución del contrato.
En el caso de Power Expectations, la Junta había emitido múltiples solicitudes de información, examinó el proceso de adquisición y puntuación, evaluó aspectos financieros y de financiamiento, revisó los requisitos de garantías y otros elementos del contrato y, finalmente, autorizó la ejecución de la versión revisada del acuerdo el 2 de junio de 2026. Esa versión identificaba a Enchanted Rock como uno de los vendedores.
La posición de P3A es, por tanto, que resulta contradictorio responsabilizar ahora exclusivamente a la estructura gubernamental por información que también estuvo ante la Junta antes de que esta aprobara el contrato.
La controversia gira en buena medida alrededor de Enchanted Rock, empresa cuya participación y autoridad para ejecutar determinados documentos fueron posteriormente cuestionadas. P3A sostiene que Enchanted Rock aparecía como participante del consorcio desde las primeras etapas del proceso. Su información financiera y experiencia fueron incorporadas al expediente y consideradas durante la evaluación. Además, la documentación identificaba a Power Expectations como agente y representante exclusivo de Enchanted Rock en Puerto Rico.
Otro punto de controversia es la fecha en que las autoridades recibieron las primeras alegaciones. P3A sostiene que el 16 de junio recibió información suficientemente específica para activar una investigación sobre Enchanted Rock y que ese mismo día refirió el asunto al 3PPO, precisamente porque esa oficina tenía acceso directo al expediente original.
A partir del 17 de junio, según el documento, el 3PPO comenzó comunicaciones directas con Enchanted Rock, se reunió por separado con representantes de Enchanted Rock y Power Expectations, examinó documentos corporativos y contractuales y revisó el expediente de la contratación.
Posteriormente, cuando P3A entendió que el expediente desarrollado justificaba una revisión adicional, la agencia y la Oficina del Zar de Energía refirieron el asunto al Departamento de Justicia de Puerto Rico y a autoridades federales. P3A rechazó de ese modo la idea de que la Junta tuvo que intervenir para que el gobierno comenzara a investigar.