El Municipio de San Juan se propone conceder a Smart Parking System, LLC. un derecho de superficie de hasta 60 años sobre el área destinada a estacionamiento del Parque del Tercer Milenio Doctor José Celso Barbosa, en el Escambrón, para el desarrollo de un proyecto privado estimado en $22 millones.
La propuesta está contenida en el Proyecto de Ordenanza Núm. 55, Serie 2025-2026, presentado el 24 de junio de 2026 ante la Legislatura Municipal de San Juan y aprobada anoche. El documento autoriza al Municipio a otorgar a la empresa un derecho de superficie para la “rehabilitación, restauración, renovación y posterior conservación y administración” del área de estacionamiento del parque.
Según la ordenanza, el proyecto contempla una inversión privada estimada de $22 millones para desarrollar una instalación ecoeficiente con capacidad para 950 espacios de estacionamiento. El documento la describe como una infraestructura que integraría “tecnología inteligente, sistemas de seguridad avanzada, eficiencia energética y diseño arquitectónico armonizado con el entorno costero del Escambrón y Puerta de Tierra”.
El Municipio sostiene que la propuesta responde a la falta de estacionamiento en el área, particularmente durante fines de semana y eventos especiales. La exposición de motivos señala que “por muchos años, el área ha carecido de un área adecuada de estacionamiento con espacios suficientes para dar cabida a las miles de personas que visitan esa zona”.
La ordenanza advierte que la falta de estacionamiento genera problemas de tránsito. “Esta falta de espacios de estacionamiento trae como consecuencia largas filas de vehículos”, establece el documento, que añade que los conductores se ven obligados a detenerse en un carril de la vía pública, provocando congestión y poniendo en riesgo a peatones.
Para justificar la participación privada, el Municipio plantea que el proyecto requiere una inversión considerable. “Por la naturaleza del Proyecto, se requiere de una inversión millonaria de dinero. Esto hace necesario la participación del sector privado para su ejecución”, sostiene la ordenanza.
Smart Parking System, según el documento, expresó al Municipio su intención de invertir “una cantidad significativa de capital” en la rehabilitación, restauración y renovación del área, además de asumir posteriormente su conservación y administración.
El proyecto tendría un término considerable. La Sección Primera autoriza un derecho de superficie por “un periodo de hasta sesenta (60) años inicialmente” y contempla la posibilidad de una renovación por otros 30 años, sujeto al cumplimiento de los términos del contrato y la ordenanza.
La concesión, además, se plantea sin subasta pública. La Sección Tercera establece que el derecho de superficie se autoriza “sin sujeción al requisito de subasta”, fundamentándolo en el interés público que, según el Municipio, representa mejorar las instalaciones, aumentar el estacionamiento, reducir la congestión y fomentar la actividad económica.
Precisamente, uno de los aspectos económicos que queda abierto en el documento es cuánto pagará la empresa al Municipio por el uso del terreno. La Sección Octava establece que las partes podrán negociar “un canon razonable” tomando en consideración la duración del derecho de superficie, el valor de mercado del arrendamiento o de la propiedad, la vida útil de la propiedad y los costos de construcción, entre otros factores.
La ordenanza también contempla la posibilidad de que, al momento de transmitirse la construcción al Municipio, pueda acordarse una compensación al superficiario. El documento permite pactar “la cuantía que podrá ser satisfecha en su momento, si alguna, al superficiario como indemnización equivalente al valor de la construcción al momento de la transmisión de lo construido a favor del Municipio”.
Mientras esté vigente el acuerdo, Smart Parking System será responsable de los gastos relacionados con la instalación. La ordenanza dispone que la entidad será responsable de “todo gasto de habilitación, mantenimiento y uso y administración del estacionamiento”, además de los permisos, seguros y fianzas requeridos.
El proyecto también está condicionado al cumplimiento ambiental. Antes de iniciar cualquier obra, la empresa tendrá que presentar un Plan de Manejo Ambiental que incluya “un inventario de flora y fauna existente y las medidas de mitigación, restauración y monitoreo continuo que serían implementadas”. El Municipio no podrá autorizar el comienzo de las obras hasta que ese plan sea aprobado.
La ordenanza establece incluso la posibilidad de cancelar el derecho de superficie por incumplimientos ambientales graves. Si se producen violaciones que causen o puedan causar daños irreparables, el Municipio podrá declarar extinguido el derecho. En caso de riesgo ambiental inminente, la extinción podría ser inmediata.
La empresa deberá garantizar “el libre acceso peatonal y el uso público de las instalaciones” y cumplir con la Ley ADA. El documento es categórico al establecer que “el acceso a las playas no se podrá ver afectado bajo ningún concepto”.
La empresa tendrá cinco años para realizar la construcción una vez constituido e inscrito el derecho de superficie. De no comenzar y concluir las obras dentro de ese periodo, “el derecho de superficie quedará extinto”.
La propuesta plantea que el Municipio conserve la titularidad del terreno mientras concede a una entidad privada un derecho de superficie de hasta seis décadas, con opción a extenderlo por tres décadas adicionales, para desarrollar y operar un estacionamiento de 950 espacios mediante una inversión privada estimada en $22 millones.
El documento presenta el proyecto como una solución a la congestión y la falta de estacionamiento en el Escambrón, pero deja para negociación posterior elementos económicos importantes, entre ellos el canon que pagaría la empresa al Municipio y, eventualmente, una posible compensación por el valor de la construcción cuando esta sea transferida al gobierno municipal.