Procuradora de las Mujeres, Astrid PiñeiroCybernews

El Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (PFEI) determinó no designar un Fiscal Especial Independiente (FEI) y decretó el archivo de la investigación contra la Procuradora de las Mujeres, Lcda. Astrid Piñeiro Vázquez. La decisión se tomó tras concluir que los hallazgos del Departamento de Justicia y el escrutinio de la prueba recopilada no sostienen que la funcionaria actuara con la intención de divulgar información confidencial sobre un alegado incidente de violencia doméstica que involucraba a la senadora Joanne Rodríguez Veve, según se dio a conocer en un comunicado de prensa de la entidad fechado el 6 de octubre de 2026.

Conforme al comunicado de prensa del PFEI, la resolución del organismo acogió la recomendación y evaluación de la secretaria de Justicia, Lourdes Gómez Torres, al no existir evidencia que permita fundamentar una imputación de conducta criminalmente negligente por parte de la Procuradora.

En la resolución citada en el comunicado, el Panel reconoció la preocupación expresada por la senadora Rodríguez Veve ante la circulación de datos personales y el impacto manifestado. Sin embargo, el organismo enfatizó que: «Tales circunstancias, aun consideradas junto con sus objeciones a las expresiones públicas de la Procuradora, no sustituyen la evidencia necesaria para establecer causa suficiente para creer que esta incurrió en conducta delictiva».

La investigación preliminar estuvo a cargo de la División de Integridad Pública y Asuntos del Contralor (DIPAC) del Departamento de Justicia, con la participación del agente José Figueroa Zambrana. Las denuncias presentadas por la senadora planteaban que las actuaciones de Piñeiro Vázquez pudieron haber violado disposiciones de la Violence Against Women Act (VAWA), la Ley de Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica (Ley 54), la Carta de Derechos de las Víctimas y Testigos de Delito (Ley 22-1988) y la Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública (Ley 141-2019).

Según detalla el comunicado oficial, las diligencias investigativas incluyeron:

  • Entrevistas en distintas ocasiones y toma de declaración jurada a la senadora querellante.
  • Examen de documentos, enlaces aportados, entrevistas a recepcionistas y agentes investigadores.
  • Revisión de registros de asistencia, análisis de grabaciones, verificación de tablillas de vehículos y asistencia técnica del Instituto de Ciencias Forenses.

Asimismo, el PFEI sostuvo en la resolución que, si bien la circulación previa de información no elimina las obligaciones de confidencialidad, no se obtuvo prueba de que Piñeiro Vázquez realizara la divulgación inicial, participara en ella, o revelara posteriormente información protegida. Por el contrario, el examen de las pruebas demostró la consistencia en las expresiones de la Procuradora, quien reconoció haber recibido una comunicación anónima y referirla a las autoridades, pero evitando en todo momento confirmar la identidad de las personas concernidas o revelar detalles específicos y datos personales.

El comunicado de prensa del PFEI precisa además que, aunque las gestiones no permitieron identificar a la persona que entregó o divulgó inicialmente la comunicación anónima, dicha falta de identificación no constituye evidencia de actuación delictiva por parte de la Procuradora.

Por otro lado, el organismo público señaló que durante el proceso, la senadora Rodríguez Veve decidió no afirmar ni negar las alegaciones de violencia doméstica contenidas en el documento anónimo. Según cita el comunicado, esta posición limitó la posibilidad de esclarecer la veracidad de dichos señalamientos y de profundizar en la investigación sobre una eventual presentación de denuncia falsa, concluyendo así el trámite del asunto mediante la resolución de archivo.

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