Golpes, humillaciones y falta de protección: informe cameral expone denuncias en el canotajeInternet

La Cámara de Representantes aprobó esta semana un primer informe parcial que señala un presunto patrón de golpes, humillaciones y otros actos de maltrato contra atletas menores de edad de la Federación Puertorriqueña de Canotaje, así como una década de quejas sin sanciones contra un entrenador.

La medida que investiga este suceso es la Resolución de la Cámara 738 bajo la Comisión de Recreación y Deportes que preside Luis «Josean» Jiménez Torres.

Fueron padres los que denunciaron que el entrenador – a quien no se le ha revelado su identidad-, incurría constantemente en actitudes hostiles, agresivas, privación de alimentos y descansos. De acuerdo a la exposición de motivos, la situación se ha tratado de canalizar con la Federación y el Comité Olímpico de Puerto Rico (COPUR), sin éxito.

La Comisión ya ha celebrado vistas públicas y reuniones ejecutivas con afectados y, a pesar de que la investigación está en curso, el informe parcial se emite luego de que se creó un expediente que consta de 110 archivos, entre ellos: 81 documentos , transcripciones de dos vistas, una grabación, cartas y correos que fueron recibido por los familiares de los afectados.

De acuerdo a una reunión a puerta cerrada, el patrón se remonta a 2016 donde el entrenador emitía gritos, insultos, humillaciones y expresiones sobre el aspecto físico de los integrantes, retiraba teléfonos y menores eran enviados a remar solos de noche. Además, «un  remo lanzado hacia la cabeza de un atleta menor, un golpe en el oido a un atleta en un campamento en la República Checa en 2017, un empujón al agua en Colombia en 2021, golpes con un palo en la cabeza durante el entrenamiento en ergómetro y bofetadas leves en la cara estando en el bate, ademas de la venta de embarcaciones usadas a sobreprecio a los atletas y el cobra de favores personales. Varios declararon secuelas: ansiedad, llanto, dificultad para dormir, abandono del deporte y tratamiento psicológico», dicta el informe.

Uno de los incidentes recientes se remontan al 28 de marzo de 2026 cuando el director técnico intervino con un atleta de 14 años que según el informe, nunca había remado la embarcación que le otorgaron por la Laguna del Condado. Fue un afiliado que remaba con el grupo que declaró que el entrenador le gritó al menor durante todo el trayecto, lo estuvo culpando por su lentitud en el remo y de una queja de dolor de espalda. La bitácora del entrenador registra que la sesión duró 1 hora y 58 minutos.

«El padre declaró que su hijo le dijo que era una mierda remando y que no quería volver a remar, y que el entrenador le preguntó si su hijo tenía algún problema con mostrar sus partes privadas. El entrenador sostuvo que le habló  enérgicamente para corregir la técnica, que nunca le faltó el respeto y que el afiliado no estuvo presente la mayor parte del trayecto», menciona la denuncia más reciente.

Respuesta de la Federación y renuncia

La presidenta de la Federación, Ana Hernández Campins, recibió llamadas relacionadas con el incidente los días 2, 7 y 9 de abril de 2026, de parte del señor Víctor Ruiz Ramos (COPUR), el padre de C.C. (menor afectado) y el afiliado que presentó la denuncia. El 10 de abril, sostuvo una reunión con el entrenador y el tesorero. En esa misma fecha, un grupo de afiliados suscribió una carta en la que solicitaba una reunión urgente.

La Junta evaluó el asunto mediante videoconferencia el 13 de abril. Tras escuchar la versión de la presidenta, determinó que la situación se había atendido apropiadamente. Dos días después, el entrenador se realizó voluntariamente una prueba de sustancias controladas que arrojó un resultado negativo. Como medida preventiva, la Federación asignó al director técnico la atención de los atletas de alto rendimiento, mientras que la entrenadora de la escuela de kayak quedó a cargo de los jóvenes.

La carta colectiva y las comunicaciones de exatletas se recibieron por correo electrónico el 18 de mayo de 2026. La presidenta, quien se encontraba de viaje, convocó una reunión para el 20 de junio. Durante el encuentro, celebrado en Toa Baja con aproximadamente treinta asistentes, aseguró que en 17n años no se habían presentado quejas formales ante la Junta. También se disculpó por no haber intervenido y anunció que el entrenador continuaría preparando a los atletas clasificados para los Juegos Centroamericanos y del Caribe de Santo Domingo. Añadió que la Federación había desembolsado cerca de $25,000 para renovar su visa.

El 22 de junio, dos días después de esa reunión, el entrenador puso su puesto a disposición de la Junta, con efectividad al 6 de julio de 2026. Además, entregó las llaves, el equipo y un plan de trabajo para los deportistas clasificados.

Posteriormente, en una comunicación escrita dirigida a la Comisión el 17 de julio, la Federación reconoció que el entrenador les gritaba a los atletas. También admitió que la Junta se reunía frecuentemente con él para solicitarle que moderara su manera de dirigirse a ellos, particularmente a los menores de edad.

Al 19 de octubre de 2026, todavía no había comenzado la investigación externa e independiente que la presidenta del Comité Olímpico de Puerto Rico (COPUR) había recomendado públicamente a la Federación el 15 de julio.

Hallazgos

  1. Existe un patrón de comportamiento.

«La Federación admitió por escrito el 17 de julio de 2026 que el director técnico gritaba a los atletas: «reconocemos que ocurría y que nos reuníamos constantemente con el para pedirle que moderara el tono con los atletas, en especial con los menores». Su presidenta reiteró ante la Comisión el 19 de octubre de 2026 que hubo «varias ocasiones de quejas» y «muchas reuniones» con el a lo largo de los diez años, que las quejas se hicieron «mas frecuentes» y que la Junta había considerado no renovar su contrato al vencer 2026. El propio expresidente declaró que, tras las quejas de 2022 y 2023, le advirtió al entrenador que esa no es la conducta que se espera de un entrenador». El acta de la Junta del 20 de junio de 2025 recoge el compromiso de la presidenta de hablarle «sobre cómo debe controlar sus exabruptos con los atletas, sobre todo con los menores de edad».

2. La Federación tuvo conocimiento de quejas sobre el trato del director técnico desde 2016 y de manera reiterada en 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026.

La Federación sostuvo ante la Comisión que entre 2016 y 2025 nunca recibieron una querella escrita sobre incidentes relacionados con el Director Técnico, y que la primera comunicación fue el correo del 18 de mayo de 2026.  El expresidente certificó por escrito, el 29 de junio de 2026, que para el periodo 2018-2023. El expediente demuestra lo contrario.

3. La respuesta de la Federación se limitó por 10 años a conversaciones informales.

La presidenta declaró el 19 de octubre de 2026 que, ante cada queja, se reunía con el entrenador en la Laguna, que este respondí que lo habían malinterpretado, y que no hubo  ninguna sanción.  «Preguntada por qué no se activo el procedimiento disciplinario pese a que el patrón continuaba, respondió: «No se hizo».

La Federación certificó el pasado 13 de octubre de 2026 que no tomo acción disciplinaria, correctiva o cautelar alguna entre 2016 y 2026 distinta de esas conversaciones, con excepción de la medida de abril de 2026 que separó al entrenador de la escuela de kayak y lo mantuvo a cargo del grupo de alto rendimiento, en el que seguían entrenando atletas menores de edad.

4. La Federación y el COPUR no refirieron la situación a las autoridades

Durante la vista del 19 de octubre de 2026, se le preguntó al expresidente si las alegaciones de tocamientos a una atleta menor de edad identificada como N.L., atribuidas en 2016 a un adulto responsable de su cuidado, fueron informadas al COPUR, al Departamento de la Familia o a la Policía. El exdirigente respondió que no creía que se hubiera hecho y que desconocía ese detalle. Explicó que la escuela del Albergue puso en marcha su protocolo, pero la Federación, que empleaba al entrenador, no activó procedimiento alguno porque no había enfrentado una situación similar.

Por su parte, la presidenta sostuvo que no se notificó al Departamento de la Familia porque, según afirmó, no se logró corroborar el relato de la menor. También atribuyó la denuncia al supuesto interés de la atleta en abandonar el lugar. Finalmente, la joven salió del programa, mientras el entrenador continuó a cargo de los demás menores.

Una década después, la Federación tampoco realizó referidos ante señalamientos de presuntos golpes con un palo en la cabeza, bofetadas y el lanzamiento de un remo hacia la cabeza de atletas menores de edad. Al explicar la falta de referidos, la presidenta indicó que los padres no le habían planteado esos hechos y que el entrenador los negó cuando ella le preguntó.

5. Personal técnico operó sin licencia del DRD y COPUR no evaluó el cumplimiento para financiar la contratación con fondos públicos

El 13 de octubre de 2026, la Federación certificó que carecía de un protocolo para prevenir y atender situaciones de abuso y proteger a sus atletas. Tampoco tenía reglas para los entrenamientos individuales, grupales o en mar abierto durante viajes y acuartelamientos. Su Constitución y Reglamento de 2016 no incluían disposiciones sobre protección de menores, verificación de antecedentes del personal técnico ni criterios para nombrar, evaluar y supervisar al director técnico. La presidenta había admitido el 15 de julio que la aprobación de ese protocolo seguía pendiente desde que el COPUR les compartió el suyo.

El Departamento de Recreación y Deportes (DRD) certificó que el director técnico no tenía una licencia activa de entrenador. La Federación admitió que tanto él como la entrenadora de la escuela de kayak habían trabajado sin esa credencial, aunque ella posteriormente obtuvo una licencia para el periodo 2026-2028. También reconoció que el director técnico no completó el seminario del DRD sobre prevención del maltrato, cuya notificación se había realizado en octubre de 2024.

El COPUR, que contrató al entrenador y le pagó con fondos legislativos durante diez años, sostuvo que corresponde a cada federación evaluar, seleccionar y supervisar a su personal. Indicó, además, que requiere certificaciones de antecedentes penales, de la Ley 300-1999, de Hacienda y de ASUME. Sin embargo, no presentó evidencia de haber comprobado el cumplimiento de esos requisitos, solicitó la licencia del DRD.

Otro de los hallazgos es que el COPUR mantuvo invirtiendo en fondos legislativos en el entrenador, que hay deficiencias en la gobernanza de la Federación y que existen daños evidenciables.

La Comisión en la Cámara recomienda que el entrenador sea referido a las autoridades y que se evalúe si se procede investigar las alegaciones, que se condicione el desembolso de fondos a la Federación Puertorriqueña de Canotaje a la adopción dentro de un plazo de 60 días, así como que se active un protocolo de protección de atletas.

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