Senado avala restricciones a donativos de inversionistas acogidos a la Ley 60Redes del Senado

El Senado ya aprobó con enmiendas en sala el  Proyecto de la Cámara 1133, que busca poner reglas más estrictas sobre quién puede recibir los donativos obligatorios de los individuos residentes inversionistas acogidos a la Ley 60- 2019, mejor conocida como «Código de Incentivos de Puerto Rico».

La intención de esta medida radicada por Angel Morey Noble, es evitar que esos donativos circulen entre entidades vinculadas a los propios beneficiarios de los incentivos, en lugar de llegar a organizaciones independientes que atiendan necesidades de Puerto Rico.

De acuerdo a la exposición de motivos, los beneficiaros de la Ley 60 a pesar de que se les ofrece una exención contributiva para que establezcan su residencia en Puerto Rico, deben contribuir con una donación anual de al menos $10,000 a entidades sin fines de lucro. Ahora, la propia Ley presenta vacíos normativos que pueden desvirtuar el propósito de a aportación anual.

«Uno de los problemas más significativos es la posibilidad de que los beneficiarios de decretos contributivos realicen donativos a otras personas que también gozan de exención contributiva como Individuo Residente Inversionista bajo la Ley 60–2019. La ley vigente únicamente prohíbe que la organización receptora pertenezca o esté controlada por la misma persona que solicita el decreto, o por sus ascendientes o descendientes, pero guarda silencio sobre donaciones a otros beneficiarios del mismo régimen contributivo. Este vacío facilita la posibilidad de que surjan esquemas de donación cruzada o indirecta que mantienen una gran cantidad de los recursos aportados dentro del mismo grupo de beneficiarios, sin generar un beneficio social real ni atender necesidades comunitarias externas a dicho régimen», reza el P de la C 1133.

Tampoco la ley exige que las entidades receptoras estén certificadas bajo los estándares que se establecen, abriendo la puerta a que los donativos vayan dirigidos a entidades que carecen de fiscalización o que operen con fines de lucro.

¿Qué cambiaría en la Ley 60?

Enmendaría la Sección 2023.01, principalmente en estos aspectos:

-Exigir certificación federal 501(c)(3): La organización que reciba el donativo tendría que estar reconocida como entidad exenta tanto por Hacienda de Puerto Rico como por el IRS federal.

–Ampliar las prohibiciones sobre quién recibe el dinero: El inversionista no podría cumplir con su aportación obligatoria donando a una entidad controlada o administrada por otro individuo residente inversionista con decreto bajo la Ley 60.

–Cubrir vínculos indirectos: La prohibición también abarcaría entidades donde esos beneficiarios tengan acciones, participación económica, cargos de dirección o influencia sustancial.

¿Qué requisito se mantiene?

La medida legislativa conserva la aportación anual de al menos $10,000, a partir del segundo año contributivo de recibir el decreto, y la obligación de presentar evidencia del donativo con el informe anual. También mantiene la prohibición de donar a una entidad controlada por el propio beneficiario, sus padres o abuelos, o sus hijos o nietos.

Un ejemplo: si un inversionista dona sus $10,000 obligatorios a una organización dirigida por otro inversionista acogido al mismo régimen, ese donativo no serviría para cumplir con el requisito bajo la propuesta.

¿Qué pasaría con las organizaciones que ya reciben estos donativos?

Tendrían dos años para obtener la certificación federal. Dentro de los primeros 90 días, deberían informar al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) su intención de solicitarla y presentar un plan. Durante la transición podrían seguir recibiendo las aportaciones si cumplen las condiciones establecidas, y tendrían que informar anualmente sobre sus gestiones.

Si al terminar los dos años no tienen la certificación, quedarían inhabilitadas para recibir estos donativos obligatorios, hasta obtenerla.

El P de la C 1133 cerró en el Senado con 19 votos a favor y 4 en contra por parte de los senadores: Eliezer Molina, Marially González Huertas, Migdalia Padilla y Carmelo Ríos. Mientras, los senadores: Marissa Jiménez, Rafael Santos Ortíz, Ada Álvarez Conde y Jamie Barlucea, se abstuvieron.

La medida al aprobarse con enmiendas en sala, pasa nuevamente a la consideración de la Cámara de Representantes.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *