Rivera Schatz busca acabar con la “monarquía” judicial: reforma pasa a manos de la gobernadoraPrensa Abierta

La Legislatura le dio luz verde a la medida legislativa que reformaría el poder judicial, eliminando, por ejemplo, la categoría de juez municipal, así como retirarles y/o eliminarles poderes a la figura del Juez Presidente.

El Proyecto del Senado 1096 es de la autoría del líder senatorial Thomas Rivera Schatz y derogaría la Ley 201-2003, mejor conocida como la «Ley de la Judicatura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 2003» para establecer la nueva «Ley del Poder Judicial de Puerto Rico». Este proyecto de ley, también enmienda dos leyes adicionales.

La medida legislativa que fue radicada desde el pasado 19 de febrero y contiene sobre 50 páginas expone que la Ley vigente de la judicatura se debe «revisar su estructura, actualizar sus disposiciones y armonizar su lenguaje con las necesidades contemporáneas del sistema judicial y la sociedad puertorriqueña «.

Con la derogación de la ley el primer cambio sería: «Transformación de la categoría de Juez Municipal». Las disposiciones en el proyecto de ley establecen que se busca simplificar la estructura del Tribunal de Primera Instancia, sin afectar la continuidad de los servicios judiciales. También expone que existe dualidad entre jueces municipales y jueces superiores.

Por tanto solicitan que:

  1. Se uniforme la estructura judicial, eliminando la creación de nuevas plazas de juez municipal.
  2. Optimice la asignación de recursos humanos y administrativos.
  3. Garantice una carrera judicial coherente, con criterios uniformes de reclutamiento, ascenso, remuneración y educación judicial.

«Este cambio responde a la necesidad de dotar al Poder Judicial de una estructura flexible, eficiente y transparente, que asegure una administración de justicia uniforme y equitativa en todo Puerto Rico», reza la medida.

De este proyecto convertirse en ley, los jueces municipales que estén en funciones al momento de que entre en vigor esta ley, continuarán ejerciendo sus deberes hasta que expire su nombramiento, renuncie, se jubilen, sean removidos o cesen en el cargo por cualquier otra causa. Además, mantendrían su remuneración vigente.

«La eliminación de la categoría de juez municipal no conllevará, en modo alguno, la interrupción ni menoscabo de los servicios judiciales que actualmente se brindan a la ciudadanía, toda vez que esta legislación garantiza su continuidad ininterrumpida mediante disposiciones transitorias que mantienen dichas funciones activas hasta su plena integración en la nueva estructura judicial», dicta el proyecto de ley.

Otras enmiendas consisten en modificar las facultades constitucionales entre el Tribunal Supremo y su Juez Presidente. Para Rivera Schatz, ante su interpretación legal, existe una doble delegación de poderes. Se explica que la Ley de Judicatura de 2003 se le había conferido al Juez Presidente algunas facultades administrativas de carácter exclusivo, pero, en la práctica se concentró en una sola figura poderes que debían administrarse de forma compartida.

«Estos poderes han sido considerados por algunos miembros del Tribunal Supremo como una modalidad de administración equivalente a una monarquía», insiste la medida. «Con esta enmienda no se le retiran o eliminan poderes a la figura del Juez Presidente y mucho menos se pretende coartar sus facultades.  Todo lo contrario, lo que se pretende es reconocer la doble delegación de poderes en la administración de los tribunales, conferidos por el Pueblo de Puerto Rico en la Constitución, al Tribunal Supremo y al Juez Presidente», agrega.

La medida también dispone que el Tribunal Supremo designe a los jueces administradores de las regiones judiciales y del Tribunal de Apelaciones. Asimismo, establecería mediante reglamento los criterios para las asignaciones y los traslados de jueces, considerando la necesidad del servicio, su experiencia y especialidad.

Otro de los cambios establece que los jueces cesarían inmediatamente en sus funciones y dejarían de recibir sueldo al vencer su nombramiento, incluso si fueron renominados y todavía esperan confirmación del Senado. Cualquier determinación emitida después del vencimiento sería nula.

El proyecto exigiría traducir al inglés las decisiones y resoluciones del Supremo certificadas para publicación en un término máximo de 20 días y contempla una compensación para los jueces municipales que sean designados temporalmente a ejercer funciones fuera de su competencia. Cuando esa encomienda exceda de 30 días por año fiscal, recibirían, por todo el periodo de la designación, una remuneración equivalente a la de un juez del Tribunal de Primera Instancia, sin que ello convierta permanentemente su nombramiento.

En materia administrativa, la Oficina de Administración de los Tribunales asistiría tanto al Tribunal Supremo como a su juez presidente. Este último conservaría la facultad de nombrar al director administrativo, mientras que el Supremo establecería mediante reglamento sus funciones y deberes.

La legislación también dispone que los secretarios judiciales informen al juez administrador sobre los casos que lleven dos años sin una determinación final. El informe tendría que incluir la justificación del juez o del panel sobre la demora.

Por otro lado, se propone enmendar la Ley Notarial para disponer que el Tribunal Supremo nombre al director de la Oficina de Inspección de Notarías y a los inspectores. También permitiría delegar funciones de supervisión en el director, pero excluiría expresamente la facultad de imponer sanciones disciplinarias.

En cuanto a las traducciones oficiales, requeriría incorporar herramientas tecnológicas para agilizar el trabajo, manteniendo el juicio profesional del traductor y la revisión humana final. Además, ordenaría traducir al inglés los reglamentos del Tribunal Supremo y del Tribunal de Apelaciones dentro de los 90 días siguientes a la aprobación de la ley. 

La Cámara avaló la medida con 32 votos a favor y 15 en contra. El Senado concurrió con enmiendas realizadas por el cuerpo hermano y ahora la medida estará ante la consideración de la gobernadora Jenniffer González Colón para convertirla en ley o vetarla.

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